La sala contencioso administrativa del Tribunal Supremo ha vuelto a reconocer el derecho de unos padres a que su hija reciba en castellano la enseñanza en educación infantil. De este modo, rechaza el recurso presentado por la Generalitat contra una sentencia del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya.
El Supremo insiste en que el Constitucional, en el fallo sobre el Estatut catalán, consideró que el castellano es una lengua vehicular de enseñanza junto al catalán. Por ello, los padres de una menor solicitaron que su hija, Rosario, recibiera en castellano la educación infantil y que el colegio les mandara las comunicaciones y las circulares en castellano.
El alto tribunal recuerda que ya ha establecido que el "régimen lingüístico del sistema educativo en Catalunya lo que ha de garantizar es que en la enseñanza sean vehiculares tanto en castellano y catalán".
Asimismo, los jueces del alto tribunal rechazan que se pueda dar la posibilidad de "la utilización exclusiva de una de ellas o su relegación a un mera condición de lengua docente". Por ello, defienden que en los ciclos de primaria y secundaria se lleve a cabo una conjunción lingüística.
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